La infracción de las medidas propias de la Jurisdicción de Menores, por quienes al tiempo de cometerla son mayores de edad, tiene encaje en el tipo previsto en el artículo 468 del Código Penal.

(Las infracciones penales cometidas por mayores de edad, en relación con condenas impuestas a esos mayores por juzgados de menores, cuando eran menores, tienen encaje típico en el art. 468 CP)

Sentencia del Tribunal Supremo de Unificación de Doctrina en relación con el quebrantamiento de condena acordada por juez de menores una vez cumplida la mayoría de edad.

CONGRESO. Peligrosidad, sanción y educación en el Derecho penal juvenil: veinte años de experiencia LIBRO DE ACTAS 16, 23 y 30 de abril de 2021 Congreso en línea – Facultat de Dret – Universitat de València.

El 13 de enero de 2001, entró en vigor la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Desde el Instituto de Criminología y Ciencias Penales de la UV, en colaboración con el Grupo de Justicia de Menores de la Sociedad Española de Investigación Criminológica, se impulsa un congreso que aborda, desde una reflexión interdisciplinar, la experiencia de veinte años de Ley de Responsabilidad Penal del Menor. Durante las tardes de los días 16, 23 y 30 de abril casi una veintena de ponentes, profesionales e investigadores de más de una decena de universidades españolas, orientaron y animaron el debate sobre el sistema español de justicia juvenil; debate al que se sumaron una docena de comunicaciones y más de un centenar de participantes en el Congreso.